Iván Ovejero, Traductor Público

Preguntas

Acerca de la traducción pública

¿La traducción pública es oficial? ¿Sirve para mi trámite?

Sí, la traducción pública (Ley 20.305) es aceptada por autoridades públicas y privadas de Argentina y del exterior, tales como el Poder Judicial, consulados, compañías, universidades, Registro Civil, AFIP, Secretaría de Comercio, Dirección de Migraciones, etc., en toda clase de trámites, postulaciones y presentaciones.

¿Se puede hacer una traducción pública de una copia?

Sí, el documento fuente puede ser original, copia simple (fotocopia) o copia certificada.

Acerca de la legalización de la traducción pública

¿Dónde se legaliza la traducción pública?

En el Colegio de Traductores Públicos en Av. Corrientes 1834 de 9:00 a 18:00. Cuesta $630 y demora alrededor de 30 minutos. Certifica la firma en la traducción pública.

¿Es obligatorio legalizar la traducción pública?

Si se debe o no legalizar dependerá de lo que haya requerido la autoridad que recibirá el material.

Acerca de la apostilla de La Haya

¿El original se apostilla antes o después de la traducción pública?

El original se apostilla antes de la traducción pública.

¿Dónde obtengo la apostilla?

En el Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) en Esmeralda 1214 de 8:30 a 13:30. Certifica la firma en ciertos documentos emitidos en Argentina para presentar en Estados Unidos, Reino Unido, Australia, Nueva Zelanda, Países Bajos, etc. El costo es de $300 y se abona solo con débito o crédito.

¿Es obligatorio apostillar el documento?

Si se debe o no apostillar dependerá de lo que haya requerido la autoridad que recibirá el material.

¿Qué se requiere para apostillar un documento?

El documento debe haber sido legalizado antes por la autoridad correspondiente. En líneas generales:

  • si es un documento académico, se requiere legalización previa del Ministerio de Educación;
  • si es un documento médico, se requiere legalización previa del Ministerio de Salud;
  • si es un documento bancario, se requiere legalización previa del Banco Central;
  • si es un documento de emisor provincial, se requiere legalización previa del Ministerio del Interior;
  • si es un certificado de antecedentes penales, la apostilla no requiere legalización previa.

Ante la duda, comunicarse con Cancillería al 4819-7000 o info@cancilleria.gob.ar.

¿Qué debo tener en cuenta al tramitar la apostilla?

  • Solicitar turno web para iniciar el trámite.
  • La documentación que será apostillada debe ser original, o copia certificada por escribano y legalizada en el Colegio de Escribanos.
  • Se apostillan hasta cinco documentos por turno y por día. Se puede apostillar documentación que no sea propia, pero el turno debe estar a nombre de quien irá a realizar el trámite.

¿Se puede apostillar una traducción pública de un original?

Sí. Para apostillar la traducción pública de un original, la cadena de legalizaciones consta de:

  1. original,
  2. apostilla sobre el original,
  3. traducción pública,
  4. legalización del Colegio de Traductores y
  5. apostilla sobre la legalización del Colegio de Traductores.

¿Se puede apostillar una traducción pública de una copia certificada por escribano?

Sí. Para apostillar la traducción pública de una copia notarial, la cadena consta de:

  1. copia certificada por escribano,
  2. legalización del Colegio de Escribanos,
  3. apostilla sobre la legalización del Colegio de Escribanos,
  4. traducción pública,
  5. legalización del Colegio de Traductores y
  6. apostilla sobre la legalización del Colegio de Traductores.

¿Qué hacer si el país de destino no es parte del Convenio de La Haya?

Se tramita una "habilitación" de Cancillería. Al solicitar turno web, si se elige un país donde no rige la apostilla, se ofrecerá la opción de pedir esta habilitación.

¿Puedo apostillar en Argentina un documento emitido en el exterior?

El documento emitido en el exterior debe apostillarse en su país emisor. En ciertos casos puede ser intervenido en la representación diplomática de dicho país en Argentina.

¿Puedo tramitar la apostilla sin ir a Cancillería?

Sí, los Colegios de Escribanos también están autorizados a emitir apostilla.